Documentación para solicitud de vertidos

La solicitud de autorización de vertidos es indispensable para cualquier emisión de elementos no contaminantes que realicen las empresas al dominio público hidráulico, independientemente del procedimiento usado para ello.

¿Qué tipos de vertidos existen?

Según cómo se realiza la emisión de los vertidos, se pueden distinguir:

  • Vertidos directos, que se descargan directamente en las aguas continentales.
  • Vertidos indirectos, que se realizan en aguas superficiales o por cualquier colector de recogida de aguas residuales

¿Dónde van a parar los vertidos?

Los vertidos pueden derivarse a sistemas de colectores o alcantarillado municipal. En este caso, será el titular de la red de saneamiento el que deberá aceptar la solicitud de autorización de vertidos.

Igualmente, pueden realizarse vertidos al cauce público de agua. Por lo tanto, serán las confederaciones hidrográficas quienes deberán establecer los requisitos para la solicitud de autorización de vertidos en este caso.

Finalmente, hay que tener en cuenta la posibilidad de que los vertidos se realicen al mar. Si las empresas optan por este tipo de descargas, hay que solicitar la autorización correspondiente a la Consejería de Medio Ambiente de la comunidad autónoma correspondiente.

¿Por qué es necesaria una solicitud de autorización de vertidos?

Este documento se considera una de las principales herramientas administrativas para la gestión de la contaminación de las aguas que puede derivarse de una incorrecta eliminación de los residuos por parte de las empresas. Su objetivo es conseguir el buen estado ecológico de las aguas.

Para garantizar que estas emisiones no representan un impacto negativo en las aguas, se establecen los siguientes requisitos para solicitud de autorización de vertidos

 

  • Especificaciones del origen de las aguas residuales y del lugar donde se van a verter.
  • Límites de emisión.
  • Instalaciones de depuración adecuadas.
  • Adopción de medidas para reducir la contaminación.
  • Fases de las obras de instalaciones de depuración.
  • Vigencia de la autorización.
  • Pago del canon de control de vertidos.
  • Establecimiento de actuaciones para casos de emergencia.

El incumplimiento de las condiciones de autorización, o la carencia de esta, implica una sanción.

Cómo realizar la solicitud de vertidos

Se ha de solicitar una autorización de vertido a la Confederación correspondiente al río receptor, siempre que se vaya a realizar un vertido de aguas residuales a Dominio Público Hidraúlico, sea directo a un cauce superficial, a una infraestructura de riesgo o a terreno. Todo vertido de aguas residuales debe contar con la autorización de vertido correspondiente, cuyo objeto es el de cumplir con los parámetros medioambientales establecidos.

Las condiciones que deben cumplir las aguas residuales tras el proceso de depuración se establecerán en la autorización de vertido, para garantizar el menor impacto sobre el cauce que lo recibe.

Según el origen y naturaleza de las aguas residuales generadas, deberá realizar el trámite mediante un procedimiento general o un trámite simplificado (vertidos inferiores a 250 h.e., de naturaleza asimilable a urbana).

No es necesario solicitar la Autorización cuando se acumule el agua residual generada en un depósito para su posterior retirada por un gestor autorizado. Este tipo de gestión se aconseja cuando no se genera un flujo de manera continua, con volúmenes inferiores a 100 m3/año, gestión provisional previa a ejecutar una instalación de depuración, conexión a una red de alcantarillado, u otros casos debidamente justificados.

Se trata de un tipo de gestión sin vertido directo a dominio público hidráulico, por lo que no requiere autorización de la Confederación Hidrográfica correspondiente. Sin embargo, para acreditar la inexistencia de vertido, se deberá justificar que cumple con los parámetros indicados.

formulario de contacto


Back to top